La supervisión ambiental tiene por finalidad verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscalizables de los titulares de actividades cuya supervisión se encuentra a cargo de la autoridad regional; así como, promover la subsanación voluntaria de los incumplimientos de dichas obligaciones. La función de supervisión ambiental también comprende la verificación del cumplimiento de los requisitos necesarios para programas de incentivos implementados por el Gobierno Regional. Dicha finalidad se enmarca en un enfoque de cumplimiento normativo, de prevención y gestión del riesgo, para garantizar una adecuada protección ambiental.
La Comisión Ambiental Regional – CAR Arequipa, instancia que forma parte del Sistema Regional de Gestión Ambiental, integrado por 42 instituciones públicas y privadas, lideradas por la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental (DGPIGA) del MINAM, Gobierno Regional de Arequipa (GRA), a través de la Autoridad Regional Ambiental (ARMA), municipios provinciales, distritales, entre otros, y del Proyecto MEGAM, ente técnico que recibe el respaldo del Gobierno de Canadá, ha elaborado la Matriz de Prioridades Ambientales Regionales – MPAR, en la que se han identificado y definido 26 Problemas Ambientales y se ha establecido una Ruta Estratégica, que contiene 07 Objetivos Estratégicos Regionales, cada uno de ellos con sus respectivos indicadores y metas establecidas al año 2030.
Etapas del proceso de Supervisión y Fiscalización Ambiental
Este instrumento técnico permitirá explicar procesos contenidos en el marco normativo de la supervisión y fiscalización ambiental, así como establecer procesos estándar en la realización de acciones de supervisión y fiscalización para la MAPE, y fortalecer las competencias de los/as supervisores/as y la mayor predictibilidad y confianza ante los/as administrados/as.
Los/as evaluadores/as, según el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional, tienen la función de evaluar los instrumentos de gestión ambiental complementarios (Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal-IGAFOM), así como sus modificaciones y actualizaciones, en el marco de sus competencias. El IGAFOM es un instrumento de gestión ambiental de carácter extraordinario, cuya aprobación constituye un requisito para la culminación del Proceso de Formalización Minera Integral.
La presente guía se desarrolla en el marco del Decreto Supremo N° 021-2006- PCM que aprueba el plan anual de transferencia de competencias sectoriales regionales y locales. Los/as evaluadores/as, según el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional, tienen la función de evaluar los instrumentos de gestión ambiental (de categoría I – Declaración de Impacto Ambiental [DIA] y categoría II – Estudio de Impacto Ambiental semidetallado [EIAsd] de la MAPE), así como sus modificaciones y actualizaciones, en el marco de sus competencias.